CURSOS DE CONTEXTO: Constitución
Política de Colombia: un Proyecto de
Nación.
11ª sesión. 13/04/13
Conferencia:
Dra. María Cristina Hurtado. “Derechos humanos y violencias contra la
mujer”
La profesora María Cristina Hurtado enmarcó su
conferencia con los tratados y
convenciones internacionales, las resoluciones de las Naciones unidas que
protegen los derechos de las mujeres, las normas de la Constitución y las de la
ley colombiana. La principal Convención es la de Belén de Pará, consagrada en
la ley 218 de 1995 sobre eliminación de todas las formas de discriminación con la mujer. El artículo 44 de nuestra
Constitución determina que todo tipo de violencia contra la mujer será
castigado y la ley más importante es la 1257 de 2006. Además hay jurisprudencia
sobre el tema de la Corte Constitucional y de la Corte suprema de Justicia.
Afirmó la profesora, que detrás de toda forma de
violencia contra la mujer existe la creencia de que los hombres valen más. Citó
a Montaigne para quien las mujeres tienen razón de rebelarse contra las leyes
porque las hicieron sin ellas. Recordó que las mujeres no han sido llamadas
participar en el proceso de paz de La Habana, a pesar de que las mujeres son
las que tienen que sufrir los efectos de la guerra.
La violencia contra la mujer puede ser dada en la
familia, la comunidad o tolerada o perpetrada por el Estado. Las
manifestaciones de violencia contra la mujer pueden ser sexuales, psicológicas,
físicas, violación de los derechos humanos y esterilización o aborto forzado. Para
defender los derechos de la mujer que sufre violencia, se puede acudir a las
comisarías de familia en lo civil o a la vía penal. El delito contra mujer
puede ser sancionado hasta con 4 años de prisión, no es desistible, no puede
tener casa por cárcel, pero se puede conciliar. Por último citó tres sentencias
de las altas Cortes que protegen a mujeres de Risaralda y Bogotá, a pesar de
los fallos adversos de los Tribunales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario